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Normas de Ética y Conducta Imprimir E-Mail

 
  • Toda la información de la compañía directa o indirectamente relacionada con el funcionario, por principio se considera confidencial y restringida exclusivamente al desempeño de sus funciones. Cuando se considera la divulgación de la misma a terceros, debe hacerse dentro de un marco de prudencia, requiriendo el consentimiento de sus directores cuando se trate de información que pueda considerarse delicada o reservada.
  • Se deberá hacer buen uso del correo electrónico tanto interno como externo y de la conexión a Internet. No se podrán enviar correos o visitar sitios en la red que alberguen contenido pornográfico, racismo, violencia y demás direcciones que contravengan los principios y valores socialmente aceptados.
  • Sin excepción alguna, ningún funcionario de la organización puede solicitar o recibir comisiones, propinas, prebendas o atenciones públicas comprometedoras, por el cumplimiento de sus funciones. 
  • Conscientes de que los logros de ACESCO responden a un esfuerzo de equipo, todo regalo u obsequio que espontáneamente y de buena voluntad se reciba, debe ser compartido atendiendo a las pautas que para ello determine la organización.
  • En el desarrollo de la práctica comercial, ningún funcionario podrá afectar los intereses de la Empresa a cambio de favorecer a sus familiares y/o amigos con condiciones diferentes a las autorizadas. En los casos en que la relación se presente, la decisión final, deberá ser tomada por un funcionario diferente al directamente involucrado.
  • Por principio ningún funcionario debe desarrollar actividades laborales o profesionales paralelas que le impidan cumplir con el compromiso adquirido con la compañía. Cualquier vínculo adicional con empresas del sector relacionado con nuestro negocio es incompatible, por lo tanto debe ser autorizado previamente.
  • Cualquier vínculo laboral, asesoría y de propiedad con otra empresa diferente a las anteriormente consideradas, así como la vinculación a gremios, centros educativos y deportivos, entidades cívicas debe ser informado.
  • Cada funcionario en su comportamiento familiar y social, debe propender por conservar el buen nombre y la integridad de la empresa evitando los escándalos, rumores, querellas judiciales, etc., que atenten contra la imagen de la compañía.
  • El nombre de la empresa no deberá comprometerse por medio de recomendaciones escritas, usarse en beneficio propio o en desarrollo de actividades personales sin el previo consentimiento de la misma.
  • Toda relación sentimental entre funcionarios de la organización es aceptada por la Compañía siempre y cuando este dentro de las normas moralmente aceptadas por la sociedad. En caso que dicha relación conlleve a una incompatibilidad, la organización y los mismos funcionarios involucrados definirán mecanismos para resolverla.
 

 
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